La declaración de la renta podrá hacerse ‘on line’ desde el 7 de abril

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RENTA2014

Plazos de presentación para la declaración

La declaración de la renta podrá hacerse desde el 7 de abril. La Agencia Tributaria (AEAT) abrirá ese día, una semana más tarde de lo habitual, el plazo para acceder por vía telemática a los datos fiscales y presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Patrimonio correspondientes al ejercicio 2014. Esta fecha dará inicio tanto a la presentación de borradores como de declaraciones presentadas con el programa de ayuda PADRE y equivalentes, a través de la sede electrónica de la AEAT.

Así consta en la Orden publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2014.

Según el Ministerio de Hacienda, esta unificación de fechas implica, en la práctica, un sensible adelanto en la recepción de declaraciones confeccionadas con el PADRE y, por tanto, un adelanto también en el inicio de las devoluciones que les correspondan a un gran número de contribuyentes.

La campaña presencial, con asistencia en oficinas, comenzará el 11 de mayo, frente al 5 de mayo habitual, y se prolongará hasta el 30 de junio de 2015, ambos inclusive. Por su parte, el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio será el comprendido también entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2015, ambos inclusive.

Fraccionamiento de pago

Un año más, los contribuyentes podrán fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración del IRPF, ya consista esta en una autoliquidación o en el borrador de declaración debidamente suscrito o confirmado, en dos partes: La primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2015, inclusive.

Novedad: deuda subordinada y preferente

Otra de las novedades del IRPF correspondiente al ejercicio 2014 que se refleja en el modelo de declaración aprobado tiene por objeto permitir a los titulares de deuda subordinada y obligaciones preferentes una mayor capacidad para compensar rentas negativas y positivas, de acuerdo con el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, del pasado año.

En la próxima declaración, las rentas negativas derivadas de estos instrumentos financieros (o de valores recibidos a cambio de ellos) que se hayan generado entre 2010 y 2014 se podrán compensar, no solo con rendimientos de capital mobiliario positivos, como sucedía hasta ahora, sino también con ganancias patrimoniales y con rentas positivas incluidas en la base general que procedan de la transmisión de elementos patrimoniales.

Hacienda explica que se pretende así abarcar situaciones generadas en el pasado como la que afecta a los preferentistas de Bankia, antiguos titulares de participaciones y deuda subordinada, que deben tributar por la ganancia obtenida por la venta de acciones entregadas a cambio de dichos títulos, a pesar de haber sufrido una pérdida por la compra forzosa de los mismos.